El 23 de agosto de 2025, se publicó en el diario oficial el Peruano, el Decreto Supremo Nº 007-2025-MINCETUR (el “Decreto”), que modifica el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). Esta modificación responde a lo dispuesto por las enmiendas realizadas a la Ley Nº 32129 el presente año, que amplían el alcance de la VUCE y establece el desarrollo de sistemas y aplicativos nuevos para operaciones comerciales vinculadas al comercio exterior.
El objetivo principal de esta actualización del marco normativo del VUCE es fortalecer la digitalización, mejorar la interoperabilidad entre actores públicos y privados, y alinear el sistema con estándares internacionales como el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (OMC) y el Convenio FAL (OMI).
¿Cuáles son las principales modificaciones?
- Ampliación del alcance de la VUCE: Se incorpora el uso obligatorio de la VUCE para los sistemas de comunidad marítima portuaria, terrestre y aeroportuaria, incluyendo nuevos actores como administradores portuarios, operadores logísticos, entidades financieras y autoridades sanitarias.
- Autenticación digital y pagos electrónicos: Se fortalecen los mecanismos de identificación digital mediante plataformas como SUNAT SOL, RENIEC e ID GOB.PE. Además, se amplían las modalidades de pago electrónico, incluyendo el uso de plataformas como Págalo.pe y pasarelas del Banco de la Nación.
- Sistema de Gestión de Riesgos (SGR): Se establece un sistema para evaluar electrónicamente solicitudes, inspecciones y fiscalizaciones, promoviendo la coordinación entre entidades como SUNAT, SENASA y APN.
- Componente Portuario y MIIO: Se optimiza el Componente Portuario para facilitar el intercambio de información sobre naves, carga y pasajeros. Además, se incorpora el Módulo de Intercambio de Información entre Operadores (MIIO) como parte integral de la VUCE.
- Zonas Económicas Especiales (ZEE): Se refuerza el sistema de gestión de las ZEE, incorporando criterios de riesgo y funcionalidades específicas para su administración.
¿Cuál es el impacto de estas modificaciones sobre los actores del comercio exterior?
- Las entidades públicas deberán adecuar sus sistemas para interoperar con la VUCE, lo que implica ajustes normativos y tecnológicos.
- Los operadores logísticos y agentes marítimos se beneficiarán de procesos más ágiles, trazabilidad de carga y reducción de trámites presenciales.
- Los usuarios extranjeros se verán beneficiados con la habilitación mecanismos progresivos para su autenticación digital y participación en trámites.
- Los administradores portuarios y aeroportuarios tendrán nuevas responsabilidades en el intercambio de información y gestión de servicios.
Las modificaciones introducidas representan un avance significativo hacia la digitalización y eficiencia de la dinámica de comercio exterior en el Perú. Al integrar más actores y procesos, se espera una reducción de tiempos, costos y una mejora en la competitividad.
Las disposiciones se implementarán de forma progresiva, siendo el plazo máximo de 24 meses para la adecuación del intercambio de información del Componente Portuario, según lo establecido en las disposiciones finales del Decreto.
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