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Checklist: obligaciones laborales sobre diversidad e inclusión para el cierre del año

01/12/2025
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El ordenamiento laboral peruano impone diversas obligaciones de cumplimiento anual en materia de diversidad e inclusión. Ante la proximidad del cierre del ejercicio 2025, recomendamos asegurar que su organización cumple con todas ellas para evitar contingencias legales. Con este propósito, hemos elaborado un checklist que les permitirá verificar las principales obligaciones de periodicidad anual y cerrar el año con seguridad y confianza.

Las principales obligaciones de periodicidad anual que recomendamos cumplir antes de culminar el año son las siguientes:

  • Capacitación del Comité de Intervención frente al hostigamiento sexual o Delegado: El personal que conforma este órgano, o en su defecto el delegado, deben tener entrenamientos especializados anuales en materia de investigación de denuncias de hostigamiento sexual. No cumplir con ello califica como una infracción insubsanable que expone a la empresa a multas por parte de SUNAFIL. Además, esta situación puede ser usada en la vía judicial a fin de construir un caso de negligencia en la atención de denuncias de hostigamiento sexual.
  • Preparación del diagnóstico anual sobre prevalencia del hostigamiento sexual en el ámbito laboral: Los empleadores están obligados a elaborar un diagnóstico anual que permita identificar posibles situaciones de hostigamiento sexual o riesgos de que estas ocurran en el entorno laboral. Este diagnóstico puede incluirse como una sección en las encuestas de clima laboral o desarrollarse de forma independiente. Es fundamental que los hallazgos se documenten de manera adecuada y que, a partir de ellos, se diseñe e implemente un plan de acción orientado a reducir los riesgos y prevenir situaciones de hostigamiento.
  • Cumplimiento de la cuota de contratación de personas con discapacidad: Los empleadores con más de 50 trabajadores deben garantizar la contratación de personal con discapacidad en una proporción no inferior al 3 % de su planilla. Por ello, recomendamos verificar si al cierre del año se ha cumplido con esta obligación o si la empresa se encuentra en alguna situación eximente. Según corresponda, será necesario adoptar las acciones pertinentes para dar cumplimiento a la cuota o, en su defecto, documentar adecuadamente la condición que justifica la exoneración. Esta revisión preventiva permitirá evitar contingencias al inicio del próximo año, periodo en el que se fiscaliza el cumplimiento de esta obligación.
  • Elaboración de documentación anual relacionada con el funcionamiento del lactario institucional y respectiva ejecución: El Coordinador del Lactario institucional debe elaborar un reporte anual sobre el funcionamiento y dificultades del lactario. Asimismo, debe ejecutar las acciones recogidas en el Plan de trabajo anual. Atendiendo a ello, recomendamos a las empresas con lactarios implementados que verifiquen el cumplimiento de estas obligaciones, con el fin de evitar la imposición de sanciones por parte de SUNAFIL.

Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.

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