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Nuevo Formulario para reportar incidentes de seguridad de la información

22/09/2025
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El 19 de setiembre de 2025, se habilitó la plataforma para la remisión del Formulario Virtual Único de Registro de Incidentes de Seguridad de la Información (el “Formulario”) a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (“ANPD”) y a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (“SGTD”).

1. El Formulario

El Formulario permite el cumplimiento de las obligaciones de reporte de incidentes de seguridad digital ante la ANPD y la SGTD, conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley N.º 29733, aprobado por el Decreto Supremo N.º 016-2024-JUS y en el Decreto de Urgencia N.º 007-2020, respectivamente.

2. Obligaciones de reporte

a) Reglamento de la Ley N.º 29733

  • En caso de incidentes que expongan grandes volúmenes de datos personales, involucren datos sensibles, afecten a muchas personas o generen perjuicios evidentes a otros derechos o libertades, el titular del banco de datos o responsable del tratamiento debe notificar a la ANPD dentro de las 48 horas de haber tomado conocimiento o constancia del hecho.
  • Esta norma define a un “Incidente de seguridad de datos personales” como cualquier vulneración de la seguridad que ocasione la destrucción, pérdida, alteración ilícita de los datos personales o la comunicación o exposición no autorizada a dichos datos.

b) Decreto de Urgencia N.º 007-2020

  • Las entidades públicas y los proveedores de servicios digitales del sector financiero, servicios básicos (energía eléctrica, agua y gas), salud y transporte de personas, proveedores de servicios de internet, proveedores de actividades críticas y de servicios educativos, deben notificar los incidentes de seguridad al Centro Nacional de Seguridad Digital de la SGTD.
  • A diferencia del Reglamento de la Ley N.º 29733, los incidentes de seguridad comprendidos en esta obligación de notificación pueden involucrar cualquier tipo de activo de información (no solo datos personales).

3. Acceso al formulario

La plataforma está disponible en el siguiente enlace: https://reporte.cnsd.gob.pe/home/minjus


En caso de que tenga alguna consulta sobre el particular, no dude en contactarse con nosotrosEsperamos que esta información le sea de utilidad.

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