La SUNAT ha publicado la actualización de la lista de países no cooperantes de baja y/o nula imposición ("Países de Baja Imposición") y ha diferenciado a aquellos Países de Baja Imposición con los cuales el Perú tiene un Acuerdo de Intercambio de Información ("Países de Baja Imposición con Acuerdo").
En atención a esta actualización y a las modificaciones sobre Medios de Pago vigentes a partir del 2023, queda establecido que los pagos canalizados a través de los Países de Baja Imposición no calificarán como Medios de Pagos Autorizados y no darán derecho a su deducción como gasto o costo a los contribuyentes.
Por el contrario, la canalización de pagos a través del sistema financiero de Países de Baja Imposición con Acuerdo calificarán como Medios de Pagos Autorizados para efectos tributarios en el Perú.
A continuación, el detalle de los Países de Baja Imposición y Países de Baja Imposición con Acuerdo:
Países de Baja Imposición | |
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Países de Baja Imposición con Acuerdo / Medio de Pago Autorizado | |
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