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Disposiciones adicionales emitidas por SUNAT a consecuencia del brote del COVID-19

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1. Modifican fecha de vencimiento de declaración jurada anual de 2019 para contribuyentes con ingresos de hasta S/ 21,000,000

A través de la Resolución de Superintendencia Nº 061-2020-SUNAT se modifica la fecha de vencimiento para presentar la declaración jurada anual 2019 y efectuar el pago de regularización del Impuesto a la Renta e ITF para los contribuyentes que hubieran obtenido ingresos de hasta 5,000 UIT (S/ 21,000,000).

El nuevo cronograma aprobado es el siguiente:

Último dígito del RUC y otrosFecha de vencimiento
024 de junio de 2020
125 de junio de 2020
226 de junio de 2020
330 de junio de 2020
41 de julio de 2020
52 de julio de 2020
63 de julio de 2020
76 de julio de 2020
87 de julio de 2020
98 de julio de 2020
Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC9 de julio de 2020

 

  • Vigencia: 25 de marzo de 2020.
2. Devolución automática del Impuesto a la Renta para personas naturales antes del plazo previsto

A través del Decreto de Urgencia N° 031-2020 se autoriza a la SUNAT a efectuar las devoluciones de oficio por los pagos en exceso por rentas de cuarta y/o quinta categorías del Impuesto a la Renta.

Se dispone que la devolución se podrá realizar antes del último día de vencimiento de la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta. Antes de esta modificación, la devolución se podía realizar recién el día hábil siguiente a dicho vencimiento.

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