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La SBS establece un procedimiento para realizar el control previo de operaciones de concentración

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La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (la 'SBS') publicó la Resolución SBS N° 00511-2023, que aprueba el procedimiento para realizar el control previo de operaciones de concentración en las que participen empresas del sistema financiero o de seguros, en el marco de la Ley N° 31112, Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial, y su Reglamento (la 'Normativa de Concentraciones').  

Según la Normativa de Concentraciones, cuando una operación de concentración involucra a entidades supervisadas por la SBS que presentan riesgos relevantes e inminentes, que comprometan la solidez o estabilidad de las referidas empresas o de los sistemas que integran (los 'Riesgos Relevantes'), solo se requiere autorización previa de la SBS.

A continuación, detallamos las principales disposiciones:

Ámbito de Aplicación

El procedimiento aplica a las empresas del sistema financiero que captan depósitos del público o empresas de seguros que participan como adquirientes o transferentes en una operación de concentración empresarial comprendida en Normativa de Concentraciones, cuando no se haya contemplado un procedimiento específico.  

Solicitud para el Control Previo de Operaciones ante la SBS

La entidad adquirente o transferente, según corresponda, debe presentar una solicitud de aprobación ante la SBS (la 'Solicitud'), adjuntando la siguiente información:

  • Descripción detallada de la operación, indicando los objetivos, partes intervinientes y el monto involucrado,
  • Informe de análisis de los riesgos asociados a la operación, y su impacto en el perfil de riesgos y solvencias de la empresa,
  • Copia certificada del acuerdo adoptado por el órgano social competente para realizar la operación de concentración y de la aprobación del informe de análisis,
  • Contrato o proyecto de contrato, en el que se precise la identificación, las obligaciones y derechos de las partes intervinientes, así como los documentos y anexos referidos a este,
  • Evaluación de la empresa para determinar que la operación se encuentra comprendida en el ámbito de aplicación de las Normas.
  • Otros documentos que sea relevantes.

Si la operación involucra a más de una empresa, la Solicitud debe ser presentada por cada una de las empresas adquirentes. La empresa transferente debe remitir, en conjunto, la información sobre el punto ii) y iii) antes mencionados.

Plazos del Procedimiento
  • Presentada la Solicitud, la SBS tiene veinte (20) días hábiles para determinar si la operación involucra a entidades que presentan los Riesgos Relevantes.

  • Si la operación involucra a las entidades que presenten los Riesgos Relevantes, la SBS cuenta con (30) días hábiles desde la Solicitud, para expedir la Resolución correspondiente.

Puede encontrar la Resolución SBS N° 00511-2023 aquí.


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