El 18 de julio pasado, se publicó la Resolución Ministerial N.° 286-2023-MINEM/DM ("Resolución"), a través de la cual el Ministerio de Energía y Minas ("MINEM") aprobó el Formato Unificado para la Declaración de Cumplimiento de los Compromisos Sociales Voluntarios de las operaciones mineras, de hidrocarburos y de electricidad, el mismo que tiene carácter de declaración jurada.
Es importante señalar, que las empresas del sector eléctrico, hidrocarburos y minería, ya tenían la obligación de reportar al MINEM, aquellos compromisos sociales asumidos de manera voluntaria, después de aprobados sus Estudios de Impacto Ambiental. El objetivo de la presente norma, es uniformizar criterios a reportar a través de un solo formato y, en un plazo especifico.
Presentación y Registro
Los titulares de las actividades mineras, de hidrocarburos y de electricidad deberán presentar la declaración, a través del siguiente formato, a la Oficina General de Gestión Social del MINEM, vía extranet del portal web.
La Declaración se deberá presentar de manera semestral, de acuerdo al cronograma siguiente:
Semestres | Fecha límite para la declaración | |
Semestre 1 | Actividades sociales implementadas entre enero y junio | Hasta el último día hábil de julio |
Semestre 2 | Actividades sociales implementadas entre julio y diciembre | Hasta el último día hábil de diciembre |
¿Cuándo deberá presentarse la Declaración por primera vez?
La primera declaración usando el formato, deberá presentarse a fines de julio del año en curso.
¿Cuáles son los principales aspectos de la Resolución?
- La Oficina de Gestión de Compromisos Sociales puede solicitar información complementaria a la declarada a los titulares de actividades mineras, de hidrocarburos y de electricidad.
- Las poblaciones locales pueden presentar a la Oficina General de Gestión Social, en cualquier momento, información sobre los compromisos sociales voluntarios que hayan suscrito con los titulares de actividades mineras, de hidrocarburos y de electricidad. La presentación puede realizarse físicamente o a través de algún medio informático que deje constancia de su ingreso.
- La información contenida en el formato, será difundida en la página web del MINEM.
¿Existe algún tipo de sanción por no presentar la declaración?
A la fecha de la elaboración de la presente alerta legal "la no presentación del formato" no generaría ninguna sanción de tipo administrativo.
Confiamos en que esta información le sea de utilidad. De requerir asesoría legal sobre este tema para su empresa, no dude en contactarnos.