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Nueva tasa preferencial para el cálculo del impuesto a la renta en préstamos del exterior

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La tasa London InterBank Offered Rate (tasa "LIBOR") ha sido la tasa de referencia más utilizada a nivel mundial desde el año 1986 por los bancos a fin de fijar los intereses de los préstamos que otorgaban a sus clientes a mediano y largo plazo. Esta tasa se publicada de forma diaria por el ICE Benchmark Administration Limited para las cinco divisas más importantes del mundo: Dólar, Euro, Libra esterlina, Franco suizo y Yen.

No obstante, el Comité de Tasas de Referencia Alternativas ("ARRC") convocado por la Reserva Federal de los Estados Unidos en el año 2017 anunció que la tasa LIBOR sería reemplazada en junio del presente año.

Bajo este contexto, el día de ayer, 29 de junio de 2023, mediante el Decreto Supremo N.° 137-2023-EF se modificó la tasa LIBOR como tasa preferencial por la tasa Secured Overnight Financing Rate ("SOFR") para determinar si se aplicará la tasa reducida del 4.99 % a la retención de intereses pagados por préstamos del exterior. Recordemos que para acceder a esa tasa de retención de 4.99 % , la tasa de interés pactada no puede ser mayor a la tasa preferencial predominante más 3 puntos.

Cabe mencionar, que el Reglamento de la LIR precisa que para efectos de aplicar la tasa SOFR señalada, se deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • Se considerará como tasa preferencial predominante a la tasa SOFR promedio a 30 días más cuatro puntos, cualquiera sea la plaza de donde provenga el crédito, la moneda o el plazo de vencimiento pactado.
  • La comparación de la tasa del crédito externo con la tasa preferencial predominante más tres puntos (en la práctica tasa SOFR más siete puntos), se efectuará únicamente en la oportunidad que la tasa de interés del crédito sea concertada, modificada o prorrogada.

Con esta modificación que saludamos, se pone fin a la discusión de lo que iba a ocurrir con la retención del Impuesto a la renta en los casos de créditos externos, cuando la tasa LIBOR dejara de ser publicada.

Esta modificación se encuentra en vigencia desde el día de hoy, 30 de junio de 2023.

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