El día de hoy se ha publicado la Resolución Jefatural N° 0194-2021-ANA, que establece que todos los documentos que ingresen a través de Mesa de Partes Virtual desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas de un día hábil se consideran presentados en ese día y los documentos que ingresen en día no laborable se consideran presentadas el primer día hábil siguiente.
La Resolución referida está alineada con los principios y valores de una Buena Administración Electrónica, promoviendo los principios de eficacia, celeridad, informalismo que toda actuación de la Administración debe respetar, así como con la Resolución Nº 481-2021/SEL-INDECOPI que confirmó como barrera burocrática ilegal la imposición del horario de atención presencial de las oficinas para recibir solicitudes ciudadanas mediante las Mesas de Partes Virtuales, pues contraviene el artículo 134 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
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