image hero

Nuevo Reglamento de participación ciudadana para la realización actividades eléctricas

  • Inicio
  • Publicaciones
  • Nuevo Reglamento de participación ciudadana para la realización actividades eléctricas

El 24 de septiembre, se aprobó el Reglamento de Participación Ciudadana para la ejecución de Actividades Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N.° 016-2023-EM (el "Reglamento").

El Reglamento, deroga la Resolución Ministerial N.° 223-2010-MEM/ DM, que aprobó los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas (los "Lineamientos").

¿A quiénes aplica?

A toda persona natural o jurídica, que desarrolle y/o ejecute proyectos eléctricos (ya sea de inversión pública o privada) en el territorio nacional.

¿En qué momento se debe realizar la participación ciudadana, cuáles son los mecanismos y ante qué entidad deben gestionarse?

Etapa

Mecanismos de Participación Ciudadana

Autoridad competente

Otorgamiento de la concesión temporal para la ejecución de estudios de factibilidad relacionados con actividades de generación

Evento presencial

Dirección General de Electricidad del MINEM o el Gobierno Regional

Antes y durante la elaboración y/o durante la evaluación del Estudio Ambiental, Instrumento de Gestión Ambiental Complementario ("IGAC") o su modificación

  • Audiencia pública
  • Buzón de sugerencias
  • Comunicación digital
  • Publicación en el diario de mayor circulación de la zona del proyecto
  • Anuncios radiales
  • Distribución de materiales informativos
  • Equipo de promotores o facilitadores
  • Oficinas de información
  • Reunión informativa
  • Taller participativo
  • Visitas guiadas

Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad del MINEM o el Gobierno Regional

Posterior a la aprobación del Estudio Ambiental, IGAC o su modificación

Son los que se aprueban dentro del Plan de Relaciones Comunitarias del Estudio Ambiental o IGAC debiendo detallar la oportunidad de cumplimiento, la frecuencia y modo de entrega de las fuentes de verificación de su ejecución al OEFA

OEFA


Los Lineamientos continuarán siendo de aplicación en los siguientes casos:
  • Procedimientos de evaluación de los Planes de Participación Ciudadana, Estudios Ambientales, IGAC o su modificación iniciados antes del 25 de setiembre de 2023.
  • Actos administrativos otorgados antes del 25 de setiembre de 2023.
  • Proceso de participación ciudadana vinculado a los Estudios de Impacto Ambiental detallados ("EIAd") de los proyectos eléctricos que se encuentren bajo competencia del SENACE.
  • La participación ciudadana en el marco de los EIAd de proyectos eléctricos cuya evaluación se encuentre bajo competencia de los Gobiernos Regionales, hasta que se establezcan disposiciones transectoriales sobre el proceso de participación ciudadana en los EIAd.


Confiamos que esta información sea de relevancia para usted y su empresa. De requerir profundizar en el tema, no dude en comunicarse con nosotros.

Publicaciones relacionadas

Asesoría para su empresa
+51 992 520 000
Soporte
En línea
Gracias por comunicarte con Echecopar. ¿Necesitas asesoría legal para tu empresa?