El 24 de septiembre, se aprobó el Reglamento de Participación Ciudadana para la ejecución de Actividades Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N.° 016-2023-EM (el "Reglamento").
El Reglamento, deroga la Resolución Ministerial N.° 223-2010-MEM/ DM, que aprobó los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas (los "Lineamientos").
¿A quiénes aplica?
A toda persona natural o jurídica, que desarrolle y/o ejecute proyectos eléctricos (ya sea de inversión pública o privada) en el territorio nacional.
¿En qué momento se debe realizar la participación ciudadana, cuáles son los mecanismos y ante qué entidad deben gestionarse?
Etapa | Mecanismos de Participación Ciudadana | Autoridad competente |
Otorgamiento de la concesión temporal para la ejecución de estudios de factibilidad relacionados con actividades de generación | Evento presencial | Dirección General de Electricidad del MINEM o el Gobierno Regional |
Antes y durante la elaboración y/o durante la evaluación del Estudio Ambiental, Instrumento de Gestión Ambiental Complementario ("IGAC") o su modificación |
| Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad del MINEM o el Gobierno Regional |
Posterior a la aprobación del Estudio Ambiental, IGAC o su modificación | Son los que se aprueban dentro del Plan de Relaciones Comunitarias del Estudio Ambiental o IGAC debiendo detallar la oportunidad de cumplimiento, la frecuencia y modo de entrega de las fuentes de verificación de su ejecución al OEFA | OEFA |
Los Lineamientos continuarán siendo de aplicación en los siguientes casos:
- Procedimientos de evaluación de los Planes de Participación Ciudadana, Estudios Ambientales, IGAC o su modificación iniciados antes del 25 de setiembre de 2023.
- Actos administrativos otorgados antes del 25 de setiembre de 2023.
- Proceso de participación ciudadana vinculado a los Estudios de Impacto Ambiental detallados ("EIAd") de los proyectos eléctricos que se encuentren bajo competencia del SENACE.
- La participación ciudadana en el marco de los EIAd de proyectos eléctricos cuya evaluación se encuentre bajo competencia de los Gobiernos Regionales, hasta que se establezcan disposiciones transectoriales sobre el proceso de participación ciudadana en los EIAd.
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