Nuevos lineamientos para la supervisión a titulares que realizan actividades en áreas naturales protegidas

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El 19 de julio se publicó la Resolución de Presidencia N.° 175-2023-SERNANP a través del cual el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (“SERNANP”) aprueba la Directiva para la Supervisión de las Obligaciones Fiscalizables a cargo de los titulares de los derechos otorgados por el SERNANP ("Directiva").

Cabe recordar, que en el año 2021 se publicó una directiva[1] similar a la recientemente aprobada. No obstante, con esta nueva publicación se proponen aspectos de mejora en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas ("ANPs").

¿Cuáles son los objetivos la Directiva?

Entre los principales objetivos de la Directiva identificamos:

  1. Integrar la supervisión de las obligaciones fiscalizables en las ANP.
  2. Asignar responsabilidades a los órganos del SERNANP para supervisar el cumplimiento de las obligaciones de los titulares de derechos otorgados por el SERNANP para el aprovechamiento sostenible de recursos en las ANP de administración nacional.
  3. Cumplir con las disposiciones y mandatos del Régimen Común de Fiscalización Ambiental.
  4. Proveer una herramienta de gestión para que los órganos del SERNANP actúen en concordancia con los principios de legalidad y debido procedimiento.
¿Cuál es el alcance de la Directiva?

El alcance de esta Directiva se limita a las ANP de administración nacional, donde el SERNANP haya otorgado derechos a particulares.

La Directiva deberá ser cumplida por la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas (“DGANP”), sus unidades operativas funcionales y las Jefaturas de las ANP, cada una asumiendo sus responsabilidades.

¿Cuáles son las disposiciones resaltantes de la Directiva?
  1. Nombra a la DGANP como responsable de conducir y coordinar el ejercicio de la función de supervisión de las obligaciones fiscalizables a cargo de los titulares de los derechos otorgados por el SERNANP.
  2. Todo documento de planificación de las ANPs debe contar con una matriz de obligaciones fiscalizables. El órgano del SERNANP que otorga el correspondiente derecho es responsable de la elaboración e inclusión de la matriz de obligaciones fiscalizables.

Recordemos que el Perú es un país que cuenta con más de 100 ANPs, por lo que es importante que todos los titulares de actividades económicas que realicen actividades al interior o en la zona de amortiguamiento, conozcan los criterios legales para su gestión. En el siguiente link pueden conocer el listado actualizado de ANP.


Confiamos en que esta información le sea de utilidad. De requerir asesoría legal sobre este tema para su empresa, no dude en contactarnos.
 


[1] Resolución Presidencial N.° 081-2021-SERNANP - Directiva para la supervisión de las obligaciones fiscalizables a cargo de los titulares de derechos otorgados por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP en las Áreas Naturales Protegidas”

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