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Procedimiento para la fiscalización de contratos y autorizaciones del subsector electricidad

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El 30 de octubre de 2020 se publicó la Resolución N° 166-2020-OS/CD que aprueba el procedimiento para la fiscalización de contratos y autorizaciones del Subsector Eléctrico ("Procedimiento de Fiscalización") y Contratos de Concesión en las actividades de Gas Natural (para mayor información sobre el procedimiento de fiscalización aplicable al Subsector de Gas Natural ver el siguiente enlace).

¿Cuáles son los Agentes Fiscalizados de acuerdo con el Procedimiento de Fiscalización?

Son los titulares de proyectos o instalaciones de generación y transmisión eléctrica ejecutados en el marco de (i) contratos derivados de procesos de promoción de la inversión privada, (ii) así como de contratos de concesión y autorizaciones otorgadas por el MINEM o Gobiernos Regionales al amparo de la Ley de Concesiones Eléctricas.

¿Cuál es el alcance de la fiscalización?

De acuerdo a lo establecido en el Procedimiento de Fiscalización:

  • OSINERGMIN fiscaliza, dentro del ámbito de su competencia, el cumplimiento de las obligaciones contenidas en los contratos y/o autorizaciones, sin que esto constituya una limitación para fiscalizar otros aspectos no citados expresamente en el Procedimiento de Fiscalización.
  • La fiscalización se realiza a partir de la evaluación de la información proporcionada por los Agentes Fiscalizados, y se puede complementar con inspecciones de campo (coordinadas o inopinadas) realizadas a los proyectos en ejecución y/u operación, según corresponda.
  • OSINERGMIN está facultado a realizar las acciones complementarias a las establecidas en el Procedimiento de Fiscalización que considere necesarias, como la implementación de herramientas tecnológicas para optimizar la fiscalización de las instalaciones de los Agentes Fiscalizados.
  • Como resultado de la fiscalización del, OSINERGMIN elabora un informe de fiscalización, el cual es remitido al MINEM.

¿Cuáles son las actividades materia de fiscalización?

Las fiscalización se circunscribe a estas etapas: i) Construcción, ii) Puesta en operación Comercial y iii) Operación.

A continuación, un resumen de algunas de las actividades que son matera de fiscalización por cada etapa:

Etapa

Algunas de las actividades objeto de Fiscalización

Construcción

Sin ser limitativo, se fiscalizará lo siguiente:

  1. Verificar que se hayan obtenido los requisitos previos a la construcción: Instrumento de Gestión Ambiental, CIRA, servidumbres, concesión definitiva o autorización.
  2. Evaluar el EPO y efectuar el seguimiento de su aprobación por el COES.
  3. Revisar el Estudio de Ingeniería del Proyecto, cuando corresponda.
  4. Evaluar el avance del proyecto en todos sus aspectos.
  5. Seguimiento de la ejecución de las obras y la inspección técnica de la calidad constructiva y seguridad.
  6. Detectar deficiencias (observaciones) en la etapa constructiva que deben ser subsanadas.
  7. Realizar el seguimiento de la gestión predial y de servidumbre.
  8. Realizar el seguimiento del suministro de equipos y materiales.
  9. Evaluar el Estudio de Operatividad y efectuar el seguimiento de su aprobación por el COES.
  10. Verificar el estado de los seguros y pólizas, de corresponder.
  11. Verificar el estado de las garantías o fianzas bancarias.

Puesta en Operación Comercial

Sin ser limitativo, se fiscalizará lo siguiente:

  1. Verificar el cumplimiento ordenado de las pruebas previas a la POC.
  2. Evaluar la documentación presentada por los Agentes Fiscalizados como parte del Informe Final del Proyecto.
  3. Seguimiento a la autorización de energización y aprobación de los programas de maniobra.
  4. Verificación del Certificado de Integración al SEIN.
  5. Evaluar el desarrollo del Período de Operación Experimental, cuando corresponda.
  6. Verificar la Puesta en Operación Comercial.

Operación

Sin ser limitativo, se fiscalizará lo siguiente:

  1. Verificar el inventario de los Bienes de la Concesión y sus actualizaciones, cuando corresponda.
  2. Verificar el saldo de la deuda garantizada, cuando corresponda.
  3. Verificar el estado de los seguros y pólizas, cuando corresponda.
  4. Verificar el estado de las garantías o fianzas bancarias.

 

¿Qué información deben presentar los Agentes Fiscalizados a OSINERGMIN?

  • Informe de Avance del Proyecto de acuerdo a la estructura y al contenido establecido en el Anexo 1.1 y en la frecuencia indicada en el Procedimiento de Fiscalización para cada tipo de contrato o autorización.
  • Cronograma de actividades de ejecución de obras y cronograma valorizado de avance de obras de acuerdo a la estructura y al contenido establecido en el Anexo 1.2 y en la frecuencia indicada en el Procedimiento de Fiscalización para cada tipo de contrato o autorización.
  • La información listada en el Anexo 1.3 y dentro de los plazos ahí indicados.

¿Qué sucede en caso los Agentes Fiscalizados incumplan el Procedimiento de Fiscalización?

Toda acción u omisión por parte de los Agentes Fiscalizados que implique un incumplimiento del Procedimiento de Fiscalización, constituye infracción administrativa sancionable de acuerdo a lo establecido en la “Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones” aprobada por Resolución No. 028-2003-OS/CD, o la norma que la modifique, complemente o sustituya.

¿Por qué medio de información deberán remitir la información los Agentes Fiscalizados?

En tanto se implemente el “Sistema de Información de Gestión de Contratos” en la Plataforma Virtual de OSINERGMIN, los Agentes Fiscalizados deberán presentar la información y documentación establecida en el Procedimiento de Fiscalización a través de los canales de recepción de documentos puestos a disposición del público.

La División de Supervisión de Electricidad coordinará con los Agentes Fiscalizados la referida implementación.


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