El sábado 17 de junio de 2023 se publicó el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en materia ambiental del Sector Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 010-2023-MINEDU (“Reglamento”), que resulta aplicable para todos los administrados, que son titulares de los proyectos de inversión en materia de educación, deporte y recreación, a nivel nacional, regional y local; que cuenten o no con instrumentos de gestión ambiental aprobados.
¿Cuál es el ámbito de aplicación del Reglamento?
Dentro del ámbito de aplicación de la norma se encuentran:
- Los órganos y/o unidades orgánicas del MINEDU y;
- Los administrados bajo el ámbito de competencia del MINEDU. Esta categoría comprende a los titulares de los proyectos de inversión en materia de educación, deporte y recreación a nivel nacional, regional y local; que cuenten o no con instrumentos de gestión ambiental aprobados.
¿Cuáles son las obligaciones ambientales fiscalizables?
Entre las principales obligaciones ambientales tenemos.
- Manejo de residuos sólidos, manejo de recursos hídricos
- protección de áreas naturales y del patrimonio cultural.
¿Quién es la entidad de fiscalización ambiental?
El MINEDU es la Entidad de Fiscalización Ambiental que ejerce las funciones comprendidas en el reglamento a través de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE).
Confiamos en que esta información le sea de utilidad. De requerir asesoría legal sobre este tema para su empresa, no dude en contactarnos.