Recordemos que el 13 de diciembre de 2023 el Congreso aprobó el Proyecto de Ley N.º 5434/2022 que eliminaba la obligación de consignar el número de RUC -acompañado del nombre, razón o denominación social del sujeto publicitado- en toda la documentación mediante la cual se ofertaban bienes y/o servicios utilizando plataformas digitales.
Sin embargo, el 11 de enero de 2024 el Poder Ejecutivo observó dicho Proyecto de Ley, el cual retornó a la Comisión de Economía con un nuevo texto propuesto por la Presidenta que planteaba la consignación del RUC en cualquier lugar visible de las plataformas digitales. Dicho texto propuesto debía ser evaluado por la Comisión para posteriormente emitir su dictamen, ya sea aceptando dicha propuesta o aprobando por insistencia el texto original del Proyecto de Ley.
Sobre el particular, el 14 de junio la Comisión ha aprobado por insistencia el texto original del Proyecto de Ley N.º 5434/2022, eliminándose así la obligación de consignar el número de RUC -acompañado del nombre, razón o denominación social del sujeto publicitado- en toda la documentación mediante la cual se oferten bienes y/o servicios, incluso cuando la oferta se realice utilizando plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles, entre otros.
El referido Proyecto de Ley, luego de su aprobación, debe ser enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación en 15 días útiles y su posterior publicación.
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