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Se aprueba el formato del Informe Ambiental Anual de las actividades eléctricas

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El día de hoy se ha publicado la Resolución Ministerial N° 285-2022-MINEM/DM, mediante la cual se aprueba los Términos de Referencia para la elaboración del Informe Ambiental Anual, que todo titular de actividades eléctricas está obligado a presentar, de acuerdo a las obligaciones contenidas en el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2019-EM.

Mediante esta Resolución se ha aprobado el contenido mínimo del Informe Ambiental Anual, de acuerdo al detalle incluido en el Anexo I. Sobre el mismo, es importante considerar lo siguiente:

  • Es importante recordar que el Informe Ambiental Anual debe ser presentado al OEFA hasta el 31 de marzo de cada año; por lo que el modelo aprobado deberá ser tomado en cuenta para la presentación del Informe Ambiental Anual correspondiente al año 2022, y siguientes.
  • En el Informe Ambiental Anual se deberá (i) describir la actividad eléctrica, por cada unidad fiscalizable; (ii) señalar la información sobre los monitoreos ambientales aplicables; y en el caso se hubieran presentado por separado al OEFA, se deberá indicar el número de expediente de presentación; (iii) presentar la matriz de cumplimiento de compromisos ambientales aprobados en el Instrumento de Gestión Ambiental correspondiente; y (iv) detallar la información sobre el consumo de insumos, recursos, generación de residuos sólidos, entre otros.
  • El Informe Ambiental Anual deberá ser suscrito por la persona encargada de la gestión interna (auditor interno), así como por el representante legal de la compañía.

Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.

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