El 30 de diciembre de 2023 se ha publicado el Decreto Supremo N.° 320-2023-EF, mediante el cual se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1535 que regula la calificación de los sujetos que deben cumplir obligaciones administradas y/o recaudadas por la SUNAT, conforme a un perfil de cumplimiento, así como los efectos de dicha calificación.
El Reglamento tiene como objetivo viabilizar la implementación de la calificación de los contribuyentes conforme al perfil de cumplimiento creado por el Decreto Legislativo N.° 1535. Cabe recordar que el perfil de cumplimiento es la calificación asignada por la SUNAT a los contribuyentes según los siguientes niveles de cumplimiento:
- Calificación A: Nivel de cumplimiento muy alto.
- Calificación B: Nivel de cumplimiento alto.
- Calificación C: Nivel de cumplimiento medio.
- Calificación D: Nivel de cumplimiento bajo.
- Calificación E: Nivel de cumplimiento muy bajo
En esta línea, el Reglamento establece que la implementación del perfil de cumplimiento será gradual, resultando aplicable en una primera etapa a los sujetos que en el período de evaluación generan rentas de tercera categoría, con prescindencia de si están exonerados o no del impuesto a la renta y cualquiera sea el régimen tributario que les corresponda o la tasa del impuesto a la renta que les resulte aplicable. Agrega el Reglamento que el período de evaluación es de 12 meses, para lo cual se consideran los 12 meses anteriores al mes en que se comunica al contribuyente el perfil de cumplimiento que le correspondería.
Cabe precisar que el Reglamento establece las variables para asignar el perfil de cumplimiento e introduce variables adicionales para los contratos de colaboración empresarial.
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