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Se aprueba la relación de titulares de actividades de residuos sólidos que deben presentar el instrumento de gestión ambiental correctivo

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El 17 de octubre de 2024, se publicó la Resolución Directoral N.º 00828-2024-MINAM (“Norma”), que aprueba la relación de titulares que deben presentar el instrumento de gestión ambiental correctivo, al que se refiere el Decreto Supremo N.º 001-2024-MINAM, a través del cual se otorgó un plazo excepcional para que los titulares de infraestructuras de valorización y/o tratamiento de residuos sólidos, adecuen sus operaciones a la normativa ambiental vigente.

A continuación, los principales alcances de la Norma:

  • Los titulares de infraestructuras para la valorización y/o tratamiento de residuos sólidos que hayan presentado la Ficha de Adecuación Ambiental ("FAA"), deberán presentar el instrumento de gestión ambiental correctivo (Programa de Adecuación y Manejo Ambiental o Diagnóstico Preliminar), al Ministerio del Ambiente, en un plazo no mayor a dos años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Norma.

  • Con el fin de facilitar la presentación del instrumento de gestión ambiental correctivo, se han agrupado a los titulares de infraestructuras de valorización y/o tratamiento de residuos sólidos que presentaron la FAA, en cinco categorías (ver Anexo).

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