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Alerta Importadores: Nuevos criterios para acreditación de modalidad de pago

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La SUNAT ha emitido una nota informativa en la que se establece la forma en que se debe acreditar la utilización de medios de pago en la declaración aduanera en importaciones, conforme la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía – Ley 28194 y su reglamento.
 
De acuerdo a la modalidad de pago utilizada (ej. Al contado, crédito, mixto, anticipado) se deberá consignar cierta información y contar con documentación sustentatoria, lo cual será verificado por el funcionario aduanero en el despacho de las mercancías.
 
De no seguir con estos criterios, la SUNAT sancionará al importador con una multa equivalente a 30 % del valor FOB declarado de la mercancía.
 
Creemos que la fiscalización de esta materia tiene visos de ilegal y contraria a normativa andina y OMC, lo cual está generando mayores contingencias en las operaciones de comercio exterior (ej. ajustes de valor, rechazos en devoluciones de  preferencias arancelarias).
 
Por ello, es relevante que las empresas cuenten con un adecuado planeamiento aduanero y logístico, cuidando la trazabilidad de sus operaciones.
 
Si desean contar con mayor información sobre este asunto y del evento que organizaremos en los próximos días, los invitamos a registrarse aquí.


Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.

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