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Modifican artículos del reglamento del decreto legislativo que regula la promoción de la inversión privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos

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Este miércoles 23 de agosto de 2023 se publicó el Decreto Supremo N° 182-2023-EF, el cual modifica los artículos 5, 40, 41, 44 y 45 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 240-2018-EF.

A continuación, compartimos los aspectos más relevantes de dichas modificaciones:

  • Se modifica la definición de Capacidad Presupuestal, agregando que la viabilidad presupuestal se evalúa conforme a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. La entidad pública titular del proyecto sustentará la Capacidad Presupuestal ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en las Fases de Estructuración, Transacción y Ejecución Contractual, según corresponda.
  • Se incorpora la definición de la Declaración de Uso de Recursos Públicos y la obligación de la entidad pública titular del proyecto de declarar que cuenta con los recursos necesarios, su programación y priorización en su presupuesto para asumir  los compromisos derivados del proyecto de Asociaciones Público Privadas (APP) o Proyectos en Activo (PA), hasta su culminación. Esta declaración debe realizarse para las Fases de Planeamiento y Programación y la Fase de Formulación, a partir de la evaluación realizada respecto de la Capacidad Presupuestal. La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces al interior de la entidad pública, es la encargada de efectuar esta declaración.
  • La Declaración de Uso de Recursos Públicos incluye todos los gastos que demanden los proyectos de APP; así como, una proyección de los flujos por Compromisos Firmes y Compromisos Contingentes cuantificables derivados de los proyectos de APP incorporados o por incorporarse al Proceso de Promoción.
  • Se incorpora la obligación de la Oficina de Presupuesto de declarar el uso de recursos públicos en el Informe Multianual de Inversiones en APP (IMIAPP) considerando todos los proyectos de APP y PA a su cargo. Anteriormente, sólo se debía sustentar capacidad presupuestal para asumir proyectos contenidos en el IMIAPP.
  • Se establece que la declaración del MEF sobre la modalidad de la APP no incluye la evaluación de la declaración de uso de recursos públicos.
  • Se dispone que el sustento de la importancia y consistencia del proyecto que se incluya en el Informe de Evaluación (IE) debe estar de acorde al Principio de Sostenibilidad y las prioridades nacionales, regionales y locales, definidas en los planes nacionales, sectoriales, planes de desarrollo concertados regionales y locales.
  • El IE debe incluir la Declaración de Uso de Recursos Públicos para dar cumplimiento con los Compromisos Firmes del proyecto a ser asumidos por la entidad pública, así como la identificación de todos aquellos gastos necesarios.
  • Se establece que la opinión del MEF sobre el informe evaluación no comprenderá  la Capacidad Presupuestal de la entidad titular del proyecto.

En el siguiente enlace podrán encontrar un cuadro comparativo que destaca las modificaciones e incorporaciones que dictamina el Decreto Supremo N° 182-2023-EF.

Finalmente, esta nueva norma adelanta en su Única Disposición Complementaria Final que,  en un plazo de 90 días hábiles, el MEF:

  • Actualizará los lineamientos y metodologías aplicables a los proyectos de inversión bajo la modalidad de APP con enfoque en el Principio de Sostenibilidad.
  • Aprobará los lineamientos para la asignación y cuantificación de riesgos en contratos de Asociación Público Privada, a propuesta de la Dirección General del Tesoro Público y la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada
  • Aprobará la Directiva que operativice la emisión de las opiniones previas por parte de sus unidades orgánicas para las Fases de las APP, a propuesta de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada.


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