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Condiciones Laborables: 7 de junio

Trabajar en día feriado

Los empleados del sector privado que acuerden trabajar el 7 de junio sin gozar un día libre de compensación posterior recibirán un pago adicional equivalente a dos días de trabajo (uno por el trabajo realizado y otro por la sobretasa del 100 % por haber laborado en feriado, sin descanso sustitutorio). Esto también aplica para el personal que realice teletrabajo.

 

Cálculo del monto a recibir

Para calcular el monto adicional, es necesario dividir el salario entre treinta para obtener el valor de la remuneración diaria. Por ejemplo, si se percibe una remuneración mensual de S/3,000, la remuneración diaria será de S/100. En caso se labore este viernes 7 de junio corresponde:

  • Una remuneración por trabajo realizado (S/100)

  • Una remuneración por la sobretasa del 100 % (S/100)

Entonces, en este escenario, el trabajador debería recibir un total de S/200 por el día feriado laborado, en adición a la remuneración mensual habitual de S/3,000.

 

Descanso semanal que coincide con feriados

En caso el día o los días de descanso semanal habitual coincida con el próximo feriado del viernes 7 de junio, no se generará el derecho a un pago adicional.

 

Vacaciones

Los días feriados que coincidan con el descanso vacacional no se descuentan de las vacaciones tomadas, salvo que las partes hayan acordado lo contrario.

 

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