El día de ayer el Congreso de la República aprobó la nueva Ley del Régimen Laboral Agrario. Esta norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario El Peruano, lo que debería ocurrir en los próximos días.
A continuación, detallamos las principales novedades que trae la nueva norma:
Alcance | Aplicable a todos los trabajadores de la industria agraria, excepto:
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Remuneración |
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Bono especial por Trabajo Agrario (BETA) |
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Utilidades | Las empresas agrarias distribuyen entre su personal (incluyendo a los trabajadores excluidos del régimen agrario) una participación en utilidades de la siguiente manera:
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Asignación familiar | Pago proporcional a los días laborados. |
Indemnización por Despido Arbitrario | La indemnización es equivalente a 45 (cuarenta y cinco) RD por cada año completo de servicios con un máximo de 360 (trescientos sesenta) RD. Las fracciones anuales se abonan por dozavos y treintavos. |
Preferencia en la contratación |
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Registro electrónico | Se implementará un registro con la historia laboral de cada trabajador que permita conocer las fechas y las empresas para las que trabajó, así como las remuneraciones percibidas durante esos periodos. |
Condiciones de trabajo | El reglamento de esta norma regulará necesariamente: traslados, alimentación, atención de emergencias, servicios higiénicos adecuados, lugares destinados al disfrute (cuando corresponda) y la implementación de condiciones de salud e higiene adecuadas. |
Derechos colectivos | Se deberá reglamentar la negociación colectiva del sector 15 días después de la publicación de esta norma. Se fomentará la negociación colectiva en ámbitos superiores a la empresa. |
Aportes a Essalud | Empleadores con menos de 100 trabajadores, o ventas menores a 1700 UIT:
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Inspección laboral | Se fortalecerá la labor fiscalizadora de SUNAFIL en empresas del sector. |
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