El 19 de enero de 2024 se publicó la Resolución N.° 0750-2023/SEL-INDECOPI, que declara como barrera burocrática ilegal con efectos generales, la exigencia de ESSALUD de que los empleadores hayan realizado el pago de los aportes de forma íntegra y oportuna para tener derecho a la devolución de los subsidios por incapacidad temporal y maternidad que hayan pagado a sus trabajadores.
Esta exigencia está contenida en el Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas de la Ley N.° 26790, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 013-2019-TR (en adelante, el Reglamento). Sobre la base de esta disposición, ESSALUD ha venido rechazando las solicitudes de reembolsos de subsidios si detectaba que los aportes de los trabajadores se pagaron (i) de forma incompleta, o (ii) de forma tardía. Esto aun cuando el pago incompleto no se refiera a los trabajadores subsidiados o el pago tardío haya incluido el pago de intereses o multas.
En estas circunstancias, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI (la "Comisión") determinó que dicha disposición era ilegal, por cuanto la Ley N.° 26790 señala que, para acceder al reembolso de los subsidios, el empleador solo debe declarar y pagar los aportes, mas no especifica que tales pagos deban ser íntegros y oportunos.
Sobre esta base, la Comisión determinó que:
- Lo dispuesto en el Reglamento excede lo establecido en la ley; y,
- Dicha disposición generaba que se trate de la misma forma un incumplimiento total de pago y un pago tardío o incompleto, lo cual es incorrecto.
Si cualquier funcionario desacata esta decisión y deniega el reembolso de un subsidio por incapacidad temporal para el trabajo, o un subsidio por maternidad, porque los aportes del trabajador a quien se le otorgó el subsidio (o de otros empleados) fueron pagados de forma extemporánea o incompleta, se podrá plantear una denuncia ante la Comisión, la cual podrá imponer multas de hasta 20 UIT al funcionario correspondiente.
Cabe recordar que esta es la segunda disposición restrictiva de ESSALUD que es declarada barrera burocrática ilegal en los últimos meses. En agosto de 2023, la Comisión declaró como barrera burocrática ilegal la aplicación por parte de ESSALUD de un plazo menor al establecido en el Código Tributario para admitir las rectificaciones a la planilla electrónica.
Ambas decisiones deberían facilitar que los empleadores obtengan el reembolso de los subsidios pagados en un mayor número de casos, limitando el perjuicio que han venido sufriendo las empresas durante años.
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