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El 23 de julio es feriado nacional

El día 8 de julio se ha publicado la Ley N.° 31822, mediante la cual se ha declarado como nuevo feriado nacional el 23 de julio, en conmemoración del sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñonez Gonzales.

De esta forma, el listado de feriados nacionales aplicables tanto al sector público como al sector privado crece a 16 días y queda conformado de la siguiente manera:

  • Año Nuevo (1 de enero)
  • Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 de junio)
  • San Pedro y San Pablo (29 de junio)
  • Conmemoración al heroico sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñonez Gonzales (23 de julio)
  • Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
  • Batalla de Junín (6 de agosto)
  • Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
  • Combate de Angamos (8 de octubre)
  • Todos los Santos (1 de noviembre)
  • Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
  • Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
  • Navidad del Señor (25 de diciembre)

Los trabajadores tienen derecho al descanso remunerado en los feriados nacionales antes detallados. Cuando se labore en estas fechas, el empleador deberá otorgar descanso sustitutorio o, en su defecto, proceder con el pago por la labor efectuada, aplicando una sobretasa del 100 % sobre la remuneración respectiva.

Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.

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