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Facilidades laborales para las elecciones regionales y municipales del 2 de octubre

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Mediante Decreto Supremo N° 016-2022-TR se declara al día 3 de octubre como día no laborable de naturaleza compensable, para todos aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales que se realizarán este domingo 2 de octubre de 2022. Además, se establecen diversas facilidades laborales para los trabajadores miembros de mesa y para los votantes.

Puntos claves:

Por medio del Decreto Supremo N° 016-2022-TR, se otorgan las siguientes facilidades:

1. Facilidades para los trabajadores miembros de mesa

  • Se considera al día 3 de octubre como día no laborable compensable. El trabajador deberá presentar un Certificado de Participación entregado por la ONPE.
  • Si la jornada del trabajador coincide con el día de las Elecciones Regionales y Municipales, el trabajador tiene derecho a no prestar servicios en dicho día. El tiempo no trabajado será recuperado de acuerdo con lo dispuesto por el empleador.

2. Facilidades para los votantes

  • Los trabajadores cuyas jornadas coinciden con el día de las Elecciones Regionales y Municipales tienen derecho a un permiso durante la jornada para ejercer su derecho al voto. El tiempo dejado de laborar será recuperado en función a lo dispuesto por el empleador.
  • Los trabajadores que laboran en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, están autorizados a ausentarse los días viernes 30 de setiembre, sábado 1, domingo 2 y lunes 3 de octubre de 2022. Es necesario que acrediten haber ejercido su derecho al voto.

Los días no laborados se recuperan en función a lo acordado entre el empleador y el trabajador. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.


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