Mediante Decreto Supremo N° 016-2022-TR se declara al día 3 de octubre como día no laborable de naturaleza compensable, para todos aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales que se realizarán este domingo 2 de octubre de 2022. Además, se establecen diversas facilidades laborales para los trabajadores miembros de mesa y para los votantes.
Puntos claves:
Por medio del Decreto Supremo N° 016-2022-TR, se otorgan las siguientes facilidades:
1. Facilidades para los trabajadores miembros de mesa
- Se considera al día 3 de octubre como día no laborable compensable. El trabajador deberá presentar un Certificado de Participación entregado por la ONPE.
Si la jornada del trabajador coincide con el día de las Elecciones Regionales y Municipales, el trabajador tiene derecho a no prestar servicios en dicho día. El tiempo no trabajado será recuperado de acuerdo con lo dispuesto por el empleador.
2. Facilidades para los votantes
- Los trabajadores cuyas jornadas coinciden con el día de las Elecciones Regionales y Municipales tienen derecho a un permiso durante la jornada para ejercer su derecho al voto. El tiempo dejado de laborar será recuperado en función a lo dispuesto por el empleador.
- Los trabajadores que laboran en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, están autorizados a ausentarse los días viernes 30 de setiembre, sábado 1, domingo 2 y lunes 3 de octubre de 2022. Es necesario que acrediten haber ejercido su derecho al voto.
Los días no laborados se recuperan en función a lo acordado entre el empleador y el trabajador. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Confiamos en que esta información le sea de utilidad a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.