VERSIÓN EN INGLÉS
En un pronunciamiento sin precedentes, a través de la Resolución N.º 0011-2025/SEL-INDECOPI, emitida en un procedimiento iniciado bajo el patrocinio de nuestra firma, se declaró como barrera burocrática ilegal el plazo de 30 días hábiles establecido por Essalud para canjear los descansos médicos particulares por el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT), documento indispensable para que las empresas logren obtener el reembolso de los subsidios que pagan a sus trabajadores por incapacidad para el trabajo y maternidad.
A continuación, resumimos los aspectos más importantes de este pronunciamiento:
Impacto en la realidad de las empresas | Actualmente, el plazo máximo de 30 días hábiles que Essalud impone para iniciar el trámite de canje CITT es ilegal. Esto significa que, en la práctica, no existe un plazo máximo para iniciar este trámite: Essalud no podrá exigir que el trámite de canje de CITT se presente únicamente dentro de dicho plazo, ni podrá rechazar los trámites iniciados fuera del mismo. |
Motivos de INDECOPI | INDECOPI identificó que Essalud ha impuesto, en los hechos, un supuesto adicional a los establecidos en la ley para rechazar los reembolsos de subsidios por incapacidad o maternidad; pues, si no se cumplía con el plazo de 30 días, no se obtenía el CITT, y posteriormente, no se accedía al reembolso. INDECOPI concluyó que Essalud no tiene facultades legales para crear más supuestos de denegación de reembolsos de subsidios y que esto vulnera los derechos de los administrados. |
Importancia de la Resolución | Por años, las empresas perdían miles de soles en reembolsos no recuperados porque no podían cumplir con el plazo ahora declarado ilegal; muchas veces por razones que escapaban de su propio control (demoras de médicos en emitir los descansos, errores en descansos, etc). Por ello, esta resolución es sumamente relevante para todos los empleadores del país, pues resuelve uno de los grandes problemas que se presentaban frecuentemente al recuperar los subsidios de los trabajadores. |
Aplicación de la Resolución | La resolución tiene efectos generales, beneficiando así a la totalidad de empresas que se encuentren en la misma situación. Si cualquier funcionario desacata esta decisión y exige el cumplimiento del plazo que ha sido declarado barrera burocrática, el afectado podrá plantear una denuncia ante la Comisión, la cual podrá imponer multas de hasta 20 UIT al funcionario correspondiente. |
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Confiamos que esta información sea de relevancia para usted y su empresa. No dude en contactarnos de requerir asesoría al respecto.