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Los trabajadores pueden retirar el 100 % de la CTS

El día de ayer, 26 de mayo de 2024, se publicó el Decreto Supremo N.º 003-2024-TR, Reglamento de la Ley N.º 32027, Ley que autoriza a los trabajadores el retiro del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

El Reglamento estableció que los trabajadores podrán disponer de su CTS bajo las siguientes modalidades:

  1. Realizar el retiro, total o parcial, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS; o,

  2. Solicitar que la entidad financiera efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas del trabajador que éste indique, pertenecientes a una empresa del sistema financiero, una cooperativa de ahorro y crédito no autorizada a captar recursos del público u operar con terceros, o empresa emisora de dinero electrónico (conforme a los límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable, así como a las operaciones que realizan).

Recibida la solicitud de desembolso mediante transferencias, la entidad financiera tendrá hasta dos días hábiles para efectuarla.

Los trabajadores podrán optar por cualquiera de las opciones para disponer de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2024.

 

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