En 2024, tanto la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) como la Corte Suprema de Justicia han establecido criterios significativos en el ámbito laboral. Conocer estos criterios nos permitirá anticipar las directrices que seguirá la autoridad administrativa en futuros procedimientos inspectivos, así como prever las decisiones en procesos judiciales.
Con esto en mente, hemos preparado un repaso de los principales precedentes vinculantes y criterios judiciales de este año:
Precedentes vinculantes de la SUNAFIL | Resolución de Sala Plena N.º 002-2024-SUNAFIL/TFL El traslado injustificado de trabajadores afiliados a sindicatos, sin informar adecuadamente a la organización sindical, afecta la libertad sindical. Este traslado impide la negociación y participación efectiva de los trabajadores en actividades sindicales, vulnerando su derecho a la libertad sindical. Por lo tanto, esta acción es considerada un exceso al ejercicio regular del poder de dirección del empleador y no se requiere de un agravante adicional para que se compruebe el daño ocasionado a los trabajadores afectados con la medida. Resolución de Sala Plena N.º 003-2024-SUNAFIL/TFL Son subsanables las infracciones cuyos efectos antijurídicos puedan ser reparados en su totalidad, desapareciendo así la ilegalidad del actuar del empleador, lo cual es determinado durante la fiscalización laboral. Por tanto, las infracciones no serán consideradas subsanadas cuando, pudiendo cumplirse la condición mencionada, el Inspector considere motivadamente que el empleador no ha logrado revertir los efectos antijurídicos. Asimismo, las infracciones son consideradas insubsanables cuando no sea posible revertir los efectos de la afectación del derecho o del incumplimiento de la obligación. Resolución de Sala Plena N.º 004-2024-SUNAFIL/TFL Las agresiones contra la dignidad del trabajador también se producen cuando el empleador decide, arbitraria e injustificadamente, no encomendarle tareas, pues la inactividad profesional generada resulta contraria al desarrollo de las capacidades y potenciales profesionales. Ello constituye una vulneración al derecho al trabajo -el cual comprende el derecho a la ocupación efectiva del puesto de trabajo-, configurándose además un acto de hostilidad que afecta la dignidad de la persona. Resolución de Sala Plena N.º 014-2024-SUNAFIL/TFL El contrato de locación de servicios se desnaturaliza cuando (i) una persona brinde servicios permanentes, habituales u ordinarios, relacionados con la actividad principal de la entidad empleadora; y, (ii) se introduzca al contrato un pacto de exclusividad cuyo incumplimiento califique como causal de término de la relación contractual. Los anteriores aspectos son, en consecuencia, considerados rasgos de laboralidad. Resolución de Sala Plena N.º 016-2024-SUNAFIL/TFL En torno al descanso por maternidad, se desarrolla que, aun cuando el marco normativo sobre la materia (Ley N.º 26644 y su Reglamento) no especifica expresamente que es inviable su compensación -con el pago de horas extras, por ejemplo- resulta contrario a la finalidad de la regulación del descanso por maternidad, y a sus bases constitucionales, convalidar un acuerdo de compensación o sustitución de la licencia de maternidad y el permiso por lactancia. |
Criterios judiciales de la Corte Suprema de Justicia | Casación Laboral N.º 3241-2021-Arequipa La Corte Suprema afirma que el juez debe presumir la realización de horas extras si comprueba la permanencia del trabajador en el centro de trabajo antes de la hora de ingreso y/o después de la hora de salida, salvo prueba en contrario. En ese sentido, es responsabilidad del empleador acreditar que el trabajador realizó actividades distintas a la labor efectiva durante el tiempo que este permaneció en el centro de trabajo fuera de la jornada laboral. Casación Laboral N.º 3497-2021-Lima La Corte Suprema estableció una causal de indemnización por despido arbitrario de trabajadores de confianza. La Corte Suprema determinó que incluso los trabajadores de confianza tienen derecho a indemnización si el despido no sigue el procedimiento adecuado. En este caso, la trabajadora fue despedida por supuestas faltas graves, pero la empresa no cumplió con el procedimiento legalmente establecido, lo que configuró un despido arbitrario. Casación Laboral N.º 43446-2022-Lima La Corte Suprema precisa que, si un trabajador ha tenido varios periodos laborados, el plazo de cuatro años señalado en la Ley N.º 27321 para reclamar sus derechos comienza a contar por separado para cada periodo de labores. En ese sentido, si se evidencia más de un periodo laborado en la misma entidad empleadora, esto es, más de un vínculo laboral; se debe considerar no solo las particularidades de cada periodo, sino también la fecha del término y/o extinción del mismo, a fin de determinar cuándo inicia el plazo de acción de los derechos derivados de la relación laboral de un trabajador. Casación Laboral N.º 11057-2024 - La Libertad Se establecen parámetros para la procedencia excepcional de los recursos de casación en procesos laborales. Esta sentencia surge en el contexto de la Ley N.º 31699, que optimiza el recurso de casación en la Nueva Ley Procesal del Trabajo. En casos de doble conforme, se puede plantear un recurso de casación si existe interés casacional, que debe ser expresamente invocado. Este interés se presenta cuando la sentencia recurrida contradice la doctrina de la Corte Suprema o resuelve cuestiones de manera contraria a otras Salas Superiores. Es necesario identificar y fundamentar la similitud de los casos y adjuntar las resoluciones invocadas para facilitar la administración de justicia y asegurar la celeridad del proceso laboral. |
* * * * *
Confiamos que esta información sea de relevancia para usted y su empresa. No dude en contactarnos de requerir asesoría al respecto.