El 30 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N.° 31971, que amplió el plazo para que los graduandos de las universidades públicas y privadas accedan al bachillerato automático hasta el 31 de marzo de 2024. Aquí les contamos más detalles al respecto:
El 10 de julio de 2014 entró en vigencia la Ley N.° 30220 (“Ley Universitaria”), estableciendo en su artículo 45.1° que para obtener el grado de Bachiller se requiere ya no solo “egresar”, sino haber aprobado los estudios de pregrado, así como la aprobación de un trabajo de investigación y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o lengua nativa. Es decir, se eliminó el bachillerato automático establecido por el Decreto Legislativo N.° 882.
No obstante, la propia Ley Universitaria estableció que dichos requisitos se exijan sólo para los alumnos que hayan iniciado sus estudios a partir del 10 de julio de 2014.
Posteriormente se han presentado numerosos cambios, resumidos a continuación:
Norma | ¿A quiénes se les seguiría aplicando el Bachillerato automático? | ¿A quiénes se les aplicaría Artículo 45.1° para obtener el grado de Bachiller? |
Ley N.° 30220 | Alumnos que iniciaron sus estudios hasta el 9 de julio de 2014 (un día antes de la entrada en vigencia de la Ley Universitaria) | Alumnos que ingresaron a la universidad a partir del 10 de julio de 2014. |
Ley N.° 31183 | Alumnos que aprobaron los estudios de pregrado durante 2020 y 2021 | Alumnos que ingresaron a la universidad a partir del 10 de julio de 2014 y que culminaron sus estudios de pregrado antes del 1 de enero de 2020 |
Ley N.° 31359 | Alumnos que aprobaron los estudios de pregrado durante los años 2021, 2022 y 2023, incluido el ciclo 2023-2 | Alumnos que ingresaron a la universidad a partir del 10 de julio de 2014 y culminaron sus estudios de pregrado luego del fin del ciclo universitario 2023-2 |
Ley N.° 31803 | Alumnos que aprobaron los estudios de pregrado hasta el 31 de diciembre de 2023 | Alumnos que ingresaron a la universidad a partir del 10 de julio de 2014 y culminaron sus estudios de pregrado luego del 31 de diciembre de 2023 |
Ley N.° 31971 | Alumnos que aprobaron los estudios de pregrado hasta el 31 de marzo de 2024 | Alumnos que ingresaron a la universidad a partir del 10 de julio de 2014 y culminaron sus estudios de pregrado luego del 31 de marzo de 2014 |
Esta ampliación de plazo aplica los alumnos que hasta dicha fecha culminen sus estudios de pregrado. En otras palabras, si un estudiante terminase sus estudios de pregrado al 31 de marzo de 2024, entonces podrá aplicar al bachillerato automático, prescindiendo de los requisitos expuestos en el artículo 45.1°[1] de la Ley Universitaria.
El plazo original causó que numerosas universidades modifiquen sus Estatutos y Reglamentos, incorporando a su normativa interna los requisitos del artículo 45.1° de la Ley N.° 30220. Sin embargo, ahora el plazo para que éstos sean aplicables se ha vuelto extender. En vista de ello, sugerimos a las universidades –públicas y privadas– adecuar sus reglamentos internos y Estatutos, a fin de que éstos estén acordes a la nueva legislación y nuevos plazos.
Confiamos en que esta información sea de interés para usted y para su empresa. De tener alguna duda o consulta, contáctenos.
[1] "45.1 Grado de Bachiller: requiere haber aprobado los estudios de pregrado y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o lengua nativa. Los estudios de pregrado incluyen un curso de trabajo de investigación que se sigue en el último semestre de estudios de cada carrera."