Hoy se publicó la Resolución Ministerial N° 126-2020-TR por medio de la cual se establecen reglas para ampliar la suspensión perfecta de labores (SPL) en atención a la prórroga del Estado de Emergencia Sanitaria.
A continuación, les compartimos las nuevas disposiciones:
- La suspensión perfecta de labores que se haya establecido hasta el 9 de julio de 2020 puede ampliarse por única vez.
- El nuevo plazo máximo de SPL vence el 7 de octubre de 2020.
- La ampliación de la SPL aplica incluso para los casos que se encuentren siendo revisados por la Autoridad de Trabajo dentro de un procedimiento administrativo.
- La ampliación debe ser comunicada a los trabajadores por medios físicos o virtuales.
Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.