El 22 de julio de 2023 se publicó la Resolución N.° 0270-2023/CEB-INDECOPI (la "Resolución 270-2023") que dispone la inaplicación con efectos generales de las barreras burocráticas ilegales contenidas en el Reglamento de Tercerización Laboral (modificación aprobada por Decreto Supremo N.° 001-2022-TR). Estas barreras son:
- La prohibición de tercerizar actividades que forman parte del núcleo del negocio, y;
- La inclusión como causa de desnaturalización de la tercerización al desarrollo de actividades que forman parte del núcleo del negocio por parte del tercero.
La Resolución 270-2023 es consecuencia de una de las aproximadamente 500 denuncias interpuestas ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB). Todas ellas están siendo declaradas fundadas por la CEB, que además ha otorgado medida cautelar a la mayoría de las empresas denunciantes. El MTPE viene interponiendo recurso de apelación contra estas resoluciones, salvo en el caso de la Resolución 270-2023. Por ello, esta Resolución ha quedado firme. Esto ha generado dos escenarios:
Para las empresas que no denunciaron ante INDECOPI
- La Resolución cuenta ahora con efectos generales, beneficiando así a la totalidad de empresas. Si un inspector de trabajo decidiese aplicar las restricciones a la tercerización que han sido declaradas barreras burocráticas, el afectado podrá efectuar una denuncia informativa ante la CEB, para que se inicie un procedimiento sancionador en su contra.
En consecuencia, esta inaplicación beneficia a todos aquellos que no denunciaron o que, habiendo denunciado, todavía no tengan otorgada una medida cautelar.
Para las empresas que sí denunciaron ante INDECOPI
- La gran mayoría de estos casos se encuentran actualmente en segunda instancia, ante la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL). Esta Sala viene suspendiendo los procedimientos a la espera de que se resuelva la acción popular en curso (tramitada bajo Expediente 756-2022-0-1801-SPDC-0) contra las mismas disposiciones reglamentarias.
- Teniendo en cuenta este nuevo pronunciamiento, podría ocurrir que la SEL decida de oficio dar por concluidos todos los casos pendientes por sustracción de la materia. Debemos estar atentos para observar si esto ocurre en las próximas semanas. No obstante, incluso si la SEL decide mantener los procedimientos suspendidos hasta que la discusión se resuelva en el Poder Judicial, las restricciones continuarán sin aplicarse a estas empresas por aplicación de las medidas cautelares emitidas y que la misma Sala ha dispuesto continúan vigentes.
Este pronunciamiento de la CEB no debería afectar la acción popular que se sigue contra el D.S. 001-2022-TR y que está pendiente de decisión por parte de la Corte Suprema. Será en esta instancia donde finalmente se decida si las restricciones a la tercerización son retiradas definitivamente de nuestro sistema legal.
Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.