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Cronograma de habilitación para el uso del módulo IMA

26/01/2026

El 23 de enero de este año, se publicó la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N.º 00007-2026-OEFA/PCD, mediante la cual se adecúa el cronograma de habilitación para el ingreso y uso del Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental - Módulo IMA. Asimismo, se aprueba el Listado de titulares de actividades bajo competencia del OEFA que se encuentran incluidos en la Quinta Fase de implementación.

Cabe recordar que, conforme a la Resolución del Consejo Directivo N.° 00028-2021-OEFA, se creó el Módulo IMA, como medio electrónico a través del cual los administrados bajo competencia del OEFA, cumplen con la obligación de entregar los informes de monitoreo ambiental. Su implementación es gradual y se desarrolla por fases.

En ese sentido, el cronograma queda establecido de la siguiente manera:

Fase Fecha de habilitación
Primera Diciembre 2021
Segunda Noviembre 2022
Tercera Junio 2023
Cuarta Noviembre 2023
Quinta Enero 2026
Sexta Junio 2026
Sétima Diciembre 2026
Octava Junio 2027

¿A quiénes impacta?

La Quinta Fase incluye a titulares de los subsectores: Hidrocarburos, Minería, Agricultura, Industria y Electricidad, Pesquería, Residuos Sólidos. Los cuales quedan obligados a registrar sus Informes de Monitoreo Ambiental exclusivamente a través del Módulo IMA.

Implicancias legales y de cumplimiento

A partir de la habilitación, el uso del Módulo IMA es obligatorio para la presentación de informes de monitoreo ambiental.

El incumplimiento (no registro, registro extemporáneo o información incompleta) puede ser considerado infracción administrativa, sujeta a acciones de supervisión, fiscalización y eventual sanción por parte del OEFA.

Recomendaciones

Se sugiere a los titulares obligados:

  • Verificar si se encuentra incluido en el Anexo – Quinta Fase.
  • Adecuar los procesos internos de reporte ambiental al Módulo IMA.
  • Capacitar al personal responsable en el uso del sistema.
  • Revisar cronogramas sectoriales para evitar contingencias sancionadoras.

Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.

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