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Se prepublican disposiciones normativas que regulan la Planificación Energética

13/07/2026

El 8 de julio de 2026 se publicó la Resolución Ministerial N.° 270-2026-MINEM/DM, mediante la cual se dispuso la publicación para comentarios del proyecto de norma “Disposiciones Normativas que regulan la Planificación Energética” (el “Proyecto Normativo”).

Las principales propuestas del Proyecto Normativo son las siguientes:

  • Crea un marco normativo integral para la planificación energética nacional, liderado por la Dirección General de Eficiencia Energética del MINEM, con el objetivo de orientar el desarrollo del sector energético bajo criterios de seguridad energética, comprendiendo tanto los subsectores de electricidad como de hidrocarburos.
  • Este marco normativo será aplicable a todas las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades eléctricas y de hidrocarburos.
  • Crea el Plan Energético Integrado Nacional de Largo Plazo (PEIN-LP) como principal instrumento de planificación energética, el cual tendrá un horizonte de hasta 30 años y será actualizado cada cuatro años. Este plan incluirá escenarios de oferta y demanda energética, proyecciones de inversión y análisis de seguridad energética.
  • Prevé la elaboración de planes específicos para determinados segmentos energéticos, incluyendo materias como energías renovables, hidrógeno verde, uso eficiente de la energía, gas natural e hidrocarburos líquidos.
  • La planificación energética incorporará expresamente la evaluación de proyectos de expansión e inversiones en electricidad, gas natural e hidrocarburos, así como el análisis de reservas estratégicas de hidrocarburos y de polos de desarrollo energético.
  • El MINEM podrá requerir información a los agentes del sector energético, quienes estarán obligados a proporcionarla. Entre la información requerida se incluyen planes de inversión y expansión, reservas de hidrocarburos, proyecciones de demanda, tecnologías relevantes y demás información necesaria para la elaboración de escenarios energéticos.
  • Reconoce expresamente el carácter confidencial de la información entregada por los agentes, estableciéndose que el MINEM deberá preservar dicha confidencialidad conforme a la normativa vigente y que los administrados podrán solicitar la declaración de confidencialidad de la información remitida.
  • Crea la Plataforma Digital de Planificación Energética Integrada Nacional (PDPEN), una herramienta que concentrará bases de datos, modelos, proyecciones y demás información utilizada para la planificación energética nacional.
  • Incorpora un procedimiento formal de participación pública mediante la publicación de documentos preliminares, la recepción de comentarios y la realización de audiencias públicas para la discusión de los planes energéticos.
  • Reconoce la coexistencia y complementariedad de fuentes renovables y no renovables, estableciendo que los planes energéticos deberán considerar el rol de los hidrocarburos como fuente de respaldo y seguridad energética durante el proceso de transición energética.
  • Los documentos de planificación tendrán carácter referencial e indicativo, por lo que los proyectos identificados en los escenarios y planes energéticos no generarán obligaciones adicionales de ejecución para los agentes públicos o privados.
  • El MINEM realizará seguimiento periódico de los proyectos considerados en los escenarios energéticos, con fines informativos y analíticos, sin naturaleza fiscalizadora ni generadora de nuevas obligaciones para los inversionistas.
  • El MINEM asumirá un rol más activo en la formulación de medidas regulatorias y promocionales vinculadas a la planificación energética, orientadas a la seguridad del suministro, competitividad, eficiencia energética, reducción de la pobreza energética y sostenibilidad ambiental.

Aspectos importantes

  • El Proyecto Normativo busca establecer, por primera vez, un marco integral para la planificación energética nacional de largo plazo.
  • La planificación comprenderá tanto el subsector electricidad como el de hidrocarburos, bajo un enfoque de seguridad energética y sostenibilidad.
  • Se reconoce expresamente la confidencialidad de la información que los agentes del sector proporcionen al MINEM.
  • Los planes energéticos tendrán carácter referencial, por lo que no impondrán obligaciones adicionales de inversión o ejecución para los agentes públicos o privados.
  • Los interesados podrán presentar comentarios, aportes u opiniones al Proyecto Normativo hasta el 28 de julio de 2026, mediante mesa de partes física o al correo electrónico [email protected].

La publicación de este Proyecto Normativo constituye un paso importante hacia la institucionalización de la planificación energética de largo plazo en el Perú, fortaleciendo la coordinación entre los distintos subsectores energéticos y promoviendo un desarrollo basado en criterios de seguridad, competitividad y sostenibilidad.

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