El 13 de marzo de 2026 se publicó el Decreto Supremo N.° 038-2026-EF, que introduce cambios importantes en el Reglamento de Obras por Impuestos. Este nuevo marco normativo busca mejorar la ejecución de proyectos, cerrar vacíos legales y solucionar problemas detectados en la práctica.
Destacamos las principales novedades en materia de Obras por Impuestos que ha traído la nueva norma:
- Enfoque sectorial más definido: Ahora los proyectos de Obras por Impuestos solo pueden ejecutarse en los sectores de salud, educación, saneamiento y ordenamiento territorial.
- Prioridad para proyectos de alto impacto social: Se privilegian iniciativas que combatan la anemia y desnutrición infantil, así como la construcción de vivienda rural en zonas de frío extremo.
- Acompañamiento activo de ProInversión: Este organismo tendrá un rol clave durante todas las etapas del proyecto, asegurando un apoyo constante y especializado.
- Modificación de requisitos para la Empresa Privada: Se exige demostrar capacidad técnica y solvencia financiera para participar en los procesos de selección.
- Obligación de contar con RUC activo y domicilio fiscal habido: Además, el representante legal debe estar inscrito en SUNAT y presentar estados financieros auditados de los últimos tres años.
- Limitación sobre el patrimonio: Ya no se permite sustentar el patrimonio con bonos estatales caducados o prescritos.
- Plazos claros: Durante la ejecución del Convenio de Inversión, los plazos se cuentan en días calendario, salvo que se indique lo contrario.
- Nuevas penalidades por retrasos: Se sancionan no solo los retrasos en la obra, sino también en otras obligaciones asumidas por la empresa privada.
- Se eleva hasta el 80 % el límite de deuda que puede pagarse a través del mecanismo.
Si desea conocer cómo estos cambios pueden impactar sus proyectos o necesita asesoría especializada, nuestro equipo está listo para ayudarles a navegar el nuevo escenario de Obras por Impuestos con seguridad y eficiencia.